3.2. El principio de beneficencia
En cuanto a la etimología
de la palabra ‘beneficencia’, es un término latino
que procede de las palabras ‘bene’:
bueno y ‘facere’:
hacer.
Nos quedaremos con los que nos aportan el Diccionario de la RAE: “virtud
de hacer el bien” (‘active goodness’) y el Diccionario María Moliner: “beneficiar,
favorecer, hacer el bien o ser bueno para alguien o algo”. Despojémonos del
sentido más común con que solemos usar la palabra beneficencia, y es el que se
asocia a las instituciones de caridad o a actividades de ayuda social.
El
sentido como vamos a usar la palabra ‘beneficencia’ es el de ‘hacer el bien’ a
los demás a través de la propia profesión. Y aquí hay un doble sentido que
seguidamente explicaremos: “hacer bien” nuestra profesión y “hacer el bien” a
los demás a través de nuestra profesión.
3.2.1. La formulación del principio de beneficencia es:
“Hacer bien una actividad y hacer el bien a otros mediante una actividad bien
hecha”. En esta clara explicación del primer principio que debe cumplir toda
profesión, destaquemos dos cosas importantes concatenadas entre sí:
1.
Hacer bien la actividad profesional. El primer principio que debe regir toda
ética profesional es hacer bien la actividad profesional.
2.
Realizar el bien (fin) de esa profesión. Toda actividad profesional busca
alcanzar y realizar el bien (el fin) al que dicha actividad está
constitutivamente encaminada. Para ejercer bien la profesión primero hay que
saber cuál es el fin propio, legítimo de dicha profesión.
A.
Hortal afirma que el fin de cada actividad es el bien al que está ordenada
dicha actividad: el fin/bien del cocinar es hacer comida; el fin/bien de
telefonear es comunicarse con alguien lejano; el fin/bien de un aparato es que
funcione adecuadamente.
Si
hablamos de las profesiones de cada uno de ustedes, ¿cuál sería el bien al que
está ordenada o dirigida su actividad profesional? Pensemos…
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